Impuesto a la inversión extranjera inmobiliaria en Andorra 2024

La incorporación de un nuevo impuesto sobre la inversión extranjera inmobiliaria en el Principado de Andorra para 2024 se ha aprobado en Consejo de Ministros. El proyecto de ley ha sido presentado por Conxita Marsol, ministra de Presidencia, Economía, Trabajo y Vivienda de Andorra. La entrada en vigor se prevé para mediados de febrero 2024.

La nueva Ley tiene como objetivo crear y regular los elementos esenciales del Impuesto sobre la inversión extranjera inmobiliaria al Principado de Andorra. Los tipos impositivos se encontrarán entre el 3% y el 10%, en función del número y tipología de los inmuebles adquiridos, y aplicado sobre el valor real de la inversión formalizada.

¿A quién se dirige este nuevo impuesto sobre la inversión inmobiliaria con capital extranjero?

Los sujetos obligados de este nuevo tributo se encuentran en los siguientes grupos:

  • Personas físicas no residentes en Andorra.
  • Todas las personas jurídicas extranjeras.
  • Personas físicas con menos de 3 años de residencia en Andorra, que realizan una inversión extranjera inmobiliaria, sin importar cuál sea su nacionalidad.
  • Personas jurídicas andorranas con participación extranjera del 50% o superior.
  • Personas jurídicas andorranas, con participación de no residentes en Andorra, o de residentes de menos de 3 años, en su capital o en sus derechos de voto, directa o indirecta, inferior al 50% y superior al 5%, y que realizan una inversión extranjera inmobiliaria.

 

Con la incorporación de esta ley, se pretende evitar la aplicación de mecanismos de elusión fiscal sobre las inversiones realizadas por personas que no están suficientemente arraigadas en el Principado de Andorra.

¿Cómo será el nuevo impuesto a la inversión inmobiliaria con capital extranjero en Andorra para 2024?

El nuevo impuesto a la inversión inmobiliaria con capital extranjero en Andorra será progresivo, desde el 3% hasta el 10% del valor real invertido con capital extranjero en inmuebles.

  • El primer tramo empieza por un 3%, si se adquiere una parcela para un inmueble unifamiliar, o un piso, apartamento o estudio, o un local comercial de máximo 250 metros cuadrados y hasta 2 trasteros y 2 plazas de aparcamiento.
  • El siguiente tramo es del 5%, aplicable a la compra de un segundo a quinto inmueble unifamiliar, segundo a quinto piso, apartamento, estudio o local comercial de máximo 250 metros cuadrados, acompañados de 2 trasteros y 2 plazas de aparcamiento. Otra alternativa a este segundo tramo del 5% es la compra de 10 plazas de aparcamiento.
  • Por la compra desde el sexto hasta el noveno inmueble unifamiliar, piso, estudio, local comercial de máximo 250 metros cuadrados, con 2 trasteros y 2 plazas de aparcamiento, la tasa impositiva será del 8%. Esta misma tasa del 8% se aplicará si en vez de adquirir los inmuebles antes mencionados, se decide por la compra de 11 a 18 plazas de aparcamiento.
  • Por último, el tipo impositivo del 10% se aplicará para cualquier inversión que supere las anteriores, o no se encuentre en las categorías arriba mencionadas, inversión en más de una parcela de terreno o si el inversor se va a dedicar a las promociones urbanísticas o inmobiliarias.

¿Se aplicará este impuesto a las operaciones inmobiliarias formalizadas antes del 5 de septiembre de 2023?

Recordemos que la suspensión transitoria de inversión inmobiliaria con capital extranjero entró en vigor el pasado 5 de septiembre de 2023. Para todas las operaciones que se formalizaron antes de esa fecha, no se aplicará con carácter retroactivo el impuesto indicado en la nueva ley. La moratoria de adquisición de inmuebles quedará derogada con la entrada en vigor de la Ley de impuesto sobre la inversión extranjera inmobiliaria al Principado de Andorra.

Bonificación fiscal aplicable si la inversión está destinada al alquiler de viviendas en Andorra

Se bonificará con un 90% de la cuota tributaria a la inversión extranjera inmobiliaria que sea destinada como residencia habitual y permanente, como mínimo 10 años. También recibirán esta bonificación por la compra o la construcción de inmuebles, cuyo objetivo sea la promoción de viviendas de alquiler para uso habitual y permanente, por un tiempo no inferior a 10 años, e independientemente del alquiler fijado.

La ministra Conxita Marsol ha explicado que el objetivo de este tributo es moderar la inversión extranjera inmobiliaria especulativa, fomentar la vivienda de alquiler y tener una fuente de ingresos para el Gobierno sin gravar a los residentes.

Se estima que los ingresos que se puedan recaudar para 2024 con este nuevo impuesto se encuentren entre los 10 y 12 millones de euros. Este cálculo está basado en las inversiones formalizadas en los últimos años. La ministra Marsol explica que si este impuesto se hubiera implementado desde 2020, la recaudación del primer año hubiera sido de seis millones de euros, el segundo año de casi siete millones de euros, la cifra para 2022 habría alcanzado los 14,5 millones de euros y el acumulado hasta agosto 2023 rondaría los 7,9 millones de euros.

Puede encontrar más información sobre este asunto en la Proposición de ley de modificación de la Ley 10/2012, del 21 de junio, de inversión extranjera en el Principado de Andorra, en el Informe de la Comisión Legislativa de Finanzas y Presupuesto relativo al Proyecto de Ley del Impuesto sobre la inversión extranjera inmobiliaria en el Principado de Andorra, documentos solo disponibles en catalán, y visitando también la web del Consejo General de Andorra.