- agosto 7, 2018
- Posted by: andorrasolutions
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El parlamento de Andorra aprobó recientemente la enmienda legal a la ley de impuestos corporativos que anteriormente permitía un régimen fiscal especial para diversas actividades que resultaba en una reducción del 80% en la base imponible. Los regímenes especiales también conocidos como regímenes de tributación especial del 2% han sido alterados o eliminados en cierta medida.
Tras la adopción del marco BEPS, se han implementado nuevos protocolos tras la armonización del sistema impositivo de Andorra con los estándares internacionales sugeridos por la OCDE y la Unión Europea.
Anteriormente había una serie de regímenes especiales aplicables para una tributación reducida, como:
– Empresa de comercio internacional en Andorra
– La explotación internacional de la propiedad intelectual también conocida como caja de patentes
– Cash-pooling internacional
– Estructura y participación en holding internacional
Todos ellos estaban gravados al 2% del impuesto de sociedades o exentos de impuestos en el caso de holding internacional bajo ciertos requisitos.
Sin embargo, las directrices de BEPS (Erosión de la base imponible y traslado de beneficios) de la OCDE y el Código de Conducta sobre la imposición de las empresas de la UE han demostrado que los regímenes tributarios especiales andorranos permitieron la posible competencia fiscal desleal que puede conducir al cambio artificial o la deslocalización de las ganancias, ofreciendo una tributación efectiva significativamente más baja que la generalmente aplicable en otras jurisdicciones, principalmente europeas.
Esto ha provocado cambios y eliminación de algunos regímenes especiales.
Cambios a la explotación internacional de la propiedad intelectual
La reducción del 10% al 2% solo se aplicará si la empresa andorrana que explota la propiedad intelectual también desarrolla la tecnología / conocimiento involucrado mediante el uso de recursos y sustancia suficientes en Andorra. El significado esencial de esto no está claramente confirmado, pero podemos suponer que RRHH sustanciales y recursos locales tienen que estar presentes en Andorra para trabajar activamente, crear y desarrollar la propiedad intelectual en cuestión.
Esto iría más allá de los requisitos de tener una oficina de 20 m2 con un empleado a tiempo parcial. Podemos suponer que, por ejemplo, una licencia o derecho de software puede requerir que un programador esté trabajando y desarrollando el software desde Andorra.
Los beneficios deben venir a través de regalías o tarifas de licencia en lugar de la simple venta de bienes o servicios. Entonces, claramente existe una patente legal y un acuerdo de licencia que debe registrarse y otorgarse a través de un contrato al licenciatario.
Eliminación del régimen especial para las empresas comerciales / facturación triangular
Este régimen especial simplemente se ha eliminado y se aplica la tasa impositiva estándar del 10%. Hay un período de transición para las empresas que ya están operando bajo este régimen.
Eliminación del régimen especial para las empresas de cash pooling
Este régimen especial simplemente se ha eliminado y se aplica la tasa impositiva estándar del 10%. Hay un período de transición para las empresas que ya están operando bajo este régimen.
Cambios del régimen especial para las sociedades holding internacional
El régimen especial de holding permite beneficiarse de una exención de impuestos sobre los dividendos percibidos por un holding de Andorra que participa en compañías extranjeras.
Con los nuevos cambios, la exención solo es aplicable si la tasa del impuesto corporativo de las empresas que participan supera el 40% del tipo impositivo nominal en Andorra. En otras palabras, solo puede quedar exento si la compañía en el país de origen ha pagado un mínimo del 4% en impuestos corporativos sobre esas ganancias. Básicamente, esto resultaría en una imposición para las sociedades de holding en Andorra siempre que haya participaciones en empresas basadas en paraísos fiscales (con esencialmente 0% de impuesto de sociedades en origen).
Al resumir los cambios, se consolida la tasa impositiva estándar del 10% y se eliminan las excepciones especiales, excepto para las empresas que aportan valor agregado en términos de conocimiento y desarrollo tecnológico en el país. El régimen del 2% para las empresas explotadoras de patentes / propiedad intelectual en Andorra sigue siendo muy atractivo; sin embargo, queda por ver si la logística y el talento local se pueden encontrar y mantener para cumplir con los requisitos de sustancia .
El régimen especial andorrano de holding sigue siendo muy atractivo y esencialmente solo organiza una optimización agresiva a través de participaciones en empresas basadas en paraísos fiscales donde no se paga ningún impuesto corporativo.
Para obtener más información, especialmente sobre los requisitos que debe cumplir para el régimen especial de propiedad intelectual / patentes en Andorra, contáctenos.