- octubre 29, 2025
- Posted by: andorrasolutions
- Categoría: Noticias Andorra
Se ha presentado un nuevo Proyecto de Ley con cambios sobre la inversión extranjera inmobiliaria en Andorra e inmigración para 2025. Este nuevo Proyecto de Ley en Andorra, presentado por la ministra de Presidencia, Economía, Trabajo y Vivienda, Conxita Marsol junto a la ministra de Justicia e Interior Ester Molné sirve para dar continuidad y consolidar las medidas impulsadas en la Ley para el crecimiento sostenible y el derecho a la vivienda, también conocida como Ley Omnibus.
La intención de esta nueva Ley es la de incrementar los requisitos económicos para la inversión extranjera en Andorra y mejorar el control migratorio al país.
Los cambios propuestos en el nuevo Proyecto de Ley no tendrán carácter retroactivo, y se aplicarán a partir de la fecha en que la Ley entre en vigor.
Novedades relacionadas la inversión extranjera inmobiliaria en Andorra
Los gravámenes del IEI – Impuesto a la Inversión Extranjera Inmobiliaria – se modificarán. Para el primer inmueble, será del 6% sobre el valor real de la inversión, sea destinado para la construcción o adquisición de una vivienda unifamiliar, piso o apartamento, con un máximo de 3 plazas de aparcamiento y trastero. Para el resto de inversiones extranjeras inmobiliarias, ya sea porque se superen las características antes indicadas, o porque la inversión se destine a más de un inmueble, el impuesto se fijará en un 10%.
Cambios relacionados con la residencia activa y pasiva en Andorra
El sistema de reserva actualmente aplicable a determinados trabajadores por cuenta propia se hace extensivo a los profesionales titulados. Estos dispondrán de un plazo de tres meses para acreditar el cumplimiento de los requisitos exigidos, entre los cuales se incluyen la autorización para el ejercicio profesional y, en su caso, la correspondiente colegiación.
El depósito obligatorio de 50.000 € que se aportaba totalmente al AFA – Autoritat Financera Andorrana – para la autorización de residencia y trabajo por cuenta propia, también conocida como residencia activa, se convierte parcialmente en un ingreso no reembolsable. Es decir, 30.000 € serán destinados al Estado para reforzar políticas públicas de interés nacional como la salud, la educación, la seguridad, el transporte y las infraestructuras del país.
Para el solicitante principal de la residencias no lucrativa – residencia pasiva, también 30.000 € del total aportado se destinarán al Estado. Y de los 12.000 € que se requieren por cada persona a cargo, la mitad irá al Estado.
En resumen, estas cantidades antes indicadas que van al Estado, son de carácter obligatorio, definitivo y no reembolsable.
El importe mínimo de inversión exigido para los solicitantes de la residencia pasiva en Andorra se incrementará de 600.000 € a 800.000 €. Asimismo, se establece una nueva modalidad de inversión en instrumentos financieros o de deuda emitidos por entidades domiciliadas en Andorra, la cual estará sujeta a un plazo máximo de 36 meses. Transcurrido dicho periodo, la inversión deberá destinarse obligatoriamente a otros activos de carácter nacional.
Nueva autorización temporal por contratación en origen
Entre las principales novedades se encuentra en este Proyecto de Ley es la creación de una autorización de inmigración temporal vinculada a la contratación en origen, que permitirá la tramitación colectiva de contratos laborales directamente en los países de procedencia de los trabajadores. Este nuevo instrumento, cuya regulación deberá desarrollarse reglamentariamente por parte del Gobierno, posibilitará la gestión conjunta de múltiples permisos temporales, con el objetivo de agilizar y optimizar los procedimientos de contratación temporal, sin menoscabo de las garantías establecidas en la normativa vigente. Asimismo, se establece una tasa específica de 190,96 € por la expedición de dicha autorización.
Disposición transitoria única. Solicitudes de inversión extranjera inmobiliaria y de inmigración presentadas con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley
- Las solicitudes de inversión extranjera inmobiliaria presentadas con anterioridad a la entrada en vigor de la presente Ley se regirán por los tipos de gravamen vigentes en la fecha de su presentación.
- Las solicitudes de autorización de residencia y trabajo por cuenta propia, así como las de residencia sin actividad lucrativa, registradas antes de la entrada en vigor de esta norma, continuarán tramitándose conforme a la normativa aplicable en el momento de su presentación.
- El plazo para la presentación de enmiendas concluirá el día 5 de noviembre, al haberse tramitado la presente Ley mediante el procedimiento de urgencia.
- La presente Ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Butlletí Oficial del Principat d’Andorra (BOPA).
Tabla comparativa de los cambios en el nuevo Proyecto de Ley
| Antes | Nueva Ley | |
| Depósito Residencia Activa | 50.000 € AFA – depósito | 30.000 € fondo perdido 20.000 € AFA – depósito |
| Depósito Residencia Pasiva – principal | 50.000 € AFA – depósito | 30.000 € fondo perdido 20.000 € AFA – depósito |
| Depósito Residencia Pasiva – persona a cargo | 12.000 € AFA – depósito | 6.000 € fondo perdido 6.000 € AFA – depósito |
| Inversión Residencia Pasiva | 600.000 € en inmueble | 800.000 € – inmueble y/o instrumento financiero |
| Impuesto Inversión Extranjera Inmobiliaria | 3%, 5%, 8% y 10% – más información | 6% y 10% |