Jubilación y pensión en Andorra

¿Cómo es la jubilación en Andorra?

A partir de cierta edad empezamos a pensar qué vamos a hacer cuando dejemos de trabajar y también lo que necesitaremos. En Andorra, la edad mínima para jubilarse está en los 65 años con un tiempo mínimo de cotización a la seguridad social de 180 meses. Existe también la jubilación anticipada a los 61 años. Tiene condiciones especiales como haber cotizado a la seguridad social más de 40 años, y no estar inscrito como trabajador por cuenta propia ni asalariado.

La entidad encargada de asegurar la gestión administrativa, técnica y financiera de la seguridad social en Andorra es la CASS (Caixa Andorrana de Seguretat Social). Es un organismo parapúblico con control del gobierno. Tanto los trabajadores por cuenta propia como por cuenta ajena cotizan a la seguridad social el 22% del salario bruto mensual. Los asalariados en Andorra aportan un 6,5% de su salario bruto mensual mientras que la empresa aporta el 15,5% restante. En el caso de los autónomos, trabajadores por cuenta propia, son responsables de aportar el total.

Para las personas que quieren seguir trabajando después de los 65 años no hay problema. Solo tendrán que seguir cotizando a la rama general y de jubilación de la seguridad social hasta que decidan jubilarse.

¿Cómo saber cuál será mi pensión al jubilarme en Andorra?

Toda la información relacionada con el cálculo de la pensión está explicada en la web de la CASS. Es un cálculo en base a puntos de jubilación obtenidos durante el tiempo de cotización.

La fórmula es esta:

Pensión = precio de venta del punto número de meses x puntos pensionables

El precio de venta del punto dependerá de cuando se tramite la jubilación ya que se actualizan cada año. Los puntos pensionables salen de dividir la cotización de la persona asegurada en la rama de jubilación entre el precio de compra del punto.

¿Cuál es el trámite para solicitar la pensión en Andorra?

La persona interesada debe acudir a la oficina de atención al público del CASS y presentar una solicitud de prestación de jubilación completada y llevar consigo los siguientes documentos:

  • Documento identificativo – DNI o pasaporte
  • Cuenta bancaria
  • Vida laboral

La solicitud se puede tramitar 3 meses antes de que empiece la jubilación

¿Qué pasa con la jubilación si se ha trabajado fuera de Andorra?

Si ha trabajado en países con los que el Principado de Andorra tiene firmados convenios bilaterales como España, Francia o Portugal, debe completar junto al formulario anterior la Declaración de actividad laboral en el extranjero. Los convenios establecen que la solicitud para el reconocimiento de las cotizaciones aportadas en estos países se debe realizar en el país de residencia, a través del organismo competente, en este caso la CASS. Si ha trabajado en otros países sin convenio con Andorra, consulte en la CASS para que le informen cuales son los pasos a seguir.