Derecho Contractual en Andorra

Las personas físicas y sociedades mercantiles en Andorra adquieren una responsabilidad en el momento que firman un contrato de manera voluntaria. La correcta interpretación del contrato es importante antes de firmarlo, por ello la participación de especialistas en derecho contractual para asesorarle antes de la firma puede ofrecer información importante a tomar en cuenta antes de formalizar un contrato en Andorra. Por ejemplo, los contratos de arrendamiento o prestación de servicios deben redactarse correctamente para evitar futuros problemas entre los firmantes. Explicaremos más adelante algunos tipos de contrato típicos en Andorra.

La Ley Contractual en Andorra estipula que los contratos pueden ser civiles o mercantiles. El civil es el que no está relacionado con una actividad profesional o lucro. El contrato mercantil o comercial tiene por finalidad el lucro, obtención de ganancias, mediante el desarrollo de una actividad. Los participantes son empresas o profesionales que colaboran de manera independiente. La compra de un inmueble con el propósito de revenderlo en la misma forma en que fue comprado o después de hacer modificaciones, claramente es una operación mercantil.

Las características de un contrato mercantil en Andorra es que: ambas partes deben dar su consentimiento para la firma, deben tener capacidad legal para ejercer sus derechos y el objetivo debe ser lícito y respetuoso con la legalidad.

Tipos de contrato mercantil en Andorra:

  • Contrato de arrendamiento de Andorra: se refieren al alquiler de un espacio con finalidad principalmente comercial y el propósito de desarrollar una actividad comercial, profesional, industrial, de enseñanza, etc. El arrendatario se compromete al pago acordado de alquiler y el arrendador concede el inmueble para su explotación con fines comerciales. Entre las cláusulas, como la duración del contrato, dependerán del acuerdo llegado por ambas partes.
  • Contrato de opción de compra: se puede considerar como un precontrato en el que se deja a una de las partes la decisión de celebrar o no la compraventa. El objeto a comprar puede ser un inmueble. También debe indicar el plazo en que esta opción está disponible, descripción de lo que se vende con su precio y la cláusula de penalización con el importe pagado que se aplicará en caso de no celebrarse la compra. Ambas partes se comprometen y si una de ellas no cumple, se le aplicará la penalización acordada.
  • Contrato de Compraventa: contrato en que ambas partes se comprometen, la vendedora a entregar algo por el precio acordado y la compradora a pagar el importe correspondiente. El contrato debe describir lo que se está vendiendo y el precio acordado. Ambas partes deben tener capacidad legal para celebrar válidamente este contrato. Cada parte tiene sus respectivas obligaciones. La parte vendedora debe conservar y entregar el bien vendido en buen estado, transmitir la propiedad o título de derecho, ser responsable de los defectos y vicios ocultos, entre otras responsabilidades. La parte compradora por su parte se compromete a pagar el precio acordado, asumir gastos de mora si ocurriesen, recibir el bien comprado en buen estado.
  • Contrato de prestación de servicios: consiste en un acuerdo bilateral en que una parte se compromete a dar servicios profesionales a la otra a cambio de una remuneración. Estos contratos detallan las condiciones en que estos servicios serán prestados, las obligaciones y derechos del cliente y la parte que ofrece el servicio. El contrato será válido si satisface a ambas partes y es firmado.

Nuestro equipo cuenta con especialistas en las distintas áreas del Derecho Mercantil en Andorra. Contáctenos para informarle de los servicios que tenemos disponibles para empresas y particulares.